REVISTA TÉCNICA OCTUBRE 2024
IRPF. REDUCCIÓN POR PENSIONES COMPENSATORIAS AL CÓNYUGE.
En contra del criterio que viene aplicando la Administración, el Tribunal Supremo permite a los efectos de la reducción en la base imponible por pensiones compensatorias a favor del cónyuge, satisfechas por decisión judicial, aplicar la reducción desde la fecha en que se suscribe el convenio regulador entre las partes que hubiere establecido su pago, en lugar de la fecha de la Sentencia como se venía aplicando, siempre que la ulterior sentencia judicial que lo ratifique no modifique lo pactado en dicho convenio regulador.
IRPF. CONSULTA VINCULANTE V1119-24 SOBRE EL TRATAMIENTO DE LA PÉRDIDA DE UN DEPÓSITO CONSTITUIDO PARA PUJAR EN UNA SUBASTA JUDICIAL.
Se equipara la pérdida del depósito constituido para pujar en una subasta judicial a la pérdida de arras o señal (indemnización o compensación desde la posición del vendedor) que genera en renta del contribuyente una pérdida patrimonial no derivada de la transmisión de un elemento patrimonial, por lo que procederá integrarla en la base imponible general.
IS. EJERCICIO EN QUE SE DEBEN DECLARAR LAS DEDUCCIONES I+D DE EJERCICIOS ANTERIORES.
La DGT vuelve a pronunciarse mediante consulta vinculante V1718-24 con relación a cómo aplicarse deducciones generadas en ejercicios anteriores (no consignadas), exigiendo rectificar los ejercicios en que se generaron mediante rectificación para poder aplicar las deducciones.
Recordemos que, según el anterior criterio de la DGT para períodos previos a 2022, era posible aplicar deducciones en ejercicios posteriores sin rectificación, quedando ahora otra vez modificado este criterio.
AVAL GENERAL CON LA TGSS (descubierto pequeñas deudas)
Su empresa puede constituir un aval general con la TGSS para atender esas pequeñas deudas o diferencias que se generan y que pueden impedir tener un certificado de corriente de pago en un momento determinado. Si es su caso, consulte con nosotros la gestión de este trámite.
NUEVOS DERECHOS PARA LAS EMPLEADAS DE HOGAR.
Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre introduce: Prevención de riesgos laborales, chequeos médicos periódicos, formación, protocolo anti-acoso… aprobado un Real Decreto con más derechos para las empleadas del hogar, en su mayoría mujeres. El Real Decreto entró en vigor el 12 de septiembre de 2024. Las obligaciones previstas en este Real Decreto no resultarán exigibles hasta transcurridos seis meses desde la puesta a disposición de la herramienta a la que se refiere la disposición adicional primera, incluso cuando la persona empleadora concierte dicho servicio con un servicio de prevención ajeno.
(Esta información se ampliará con circular informativa)
NOVEDADES PRESTACIONES DESEMPLEO Y SUBSIDIOS.
Real Decreto Ley 2/2024, de 21 de Mayo. Se avecina un nuevo escenario en las prestaciones de desempleo y subsidios con posibilidad de compatibilizar la prestación con “complementos de apoyo al empleo” a partir del 01-04-2025 y nuevas obligaciones para mantener las prestaciones y subsidios. Se incrementan los importes en los subsidios y éstos se mantendrán igual para los trabajadores que hayan cotizado a tiempo parcial.
Cualquier perceptor de desempleo o subsidio que perciba importes desde el 01-11-2024 deberá presentar la RENTA obligatoriamente para mantener estas prestaciones, aunque no esté obligado fiscalmente, sino se le suspenderá el pago.
(Esta información se ampliará con circular informativa)