4/10.2023

Revista Técnica Octubre 2023

REGISTRO CENTRAL DE TITULARIDADES REALES

El 19/09/2023 entra en vigor el Registro de Titularidades Reales con el objeto recoger y dar publicidad sobre la titularidad real de las personas jurídicas y otras entidades sin personalidad jurídica. Tratándose de sociedades mercantiles, deberán comunicar al Registro Mercantil cualquier cambio en su titularidad real en el plazo de diez días desde que tuvieran conocimiento del mismo. El incumplimiento supone el cierre registral, ya sea por falta de identificación en la hoja de titularidad real o por falta de constancia de la hoja de titularidad real por omisión en el depósito de las cuentas anuales.

IRPF. CRIPTOMONEDAS

Consulta no vinculante 0018-23: El intercambio de una moneda virtual por otra moneda virtual, así como la venta de monedas virtuales a cambio de euros, originan una ganancia o pérdida patrimonial. Las ganancias o pérdidas patrimoniales deberán calcularse de manera independiente para cada tipo de criptomoneda.

Las criptomonedas de un tipo son iguales entre sí, por lo que se consideran bienes homogéneos.

IRPF. PAGO DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA

Consulta vinculante V1846-23: El pago de la pensión compensatoria y la de alimentos tendrá efectos en el IRPF con la firmeza de la sentencia, por lo que a efectos de la reducción en IRPF deberán tenerse en cuenta únicamente las cantidades satisfechas desde el día en que sea firme la sentencia judicial que declare el divorcio.

STARTUPS

Guía

La ley de Startups establece incentivos (tipos de gravamen del IS reducidos durante los primeros ejercicios, ventajas al realizar los pagos fraccionados, ventajas en el IRPF para inversores…). Para disfrutar de este trato favorable, entre otros requisitos, debe haberse constituido recientemente (no hayan transcurrido más de 5 años o 7 años para las empresas industriales o de biotecnología, energía y otros sectores estratégicos) y desarrollar un proyecto innovador. ENISA valida el cumplimiento de los requisitos en un procedimiento de plazo no superior a tres meses.

MODIFICACIONES EN LAS AUTOLIQUIDACIONES RECTIFICATIVAS

Guía

La forma de rectificar las autoliquidaciones presentadas va a cambiar. Tanto si la rectificación supone un mayor o un menor ingreso, tendrán que presentarse los nuevos modelos de autoliquidación rectificativa. Hasta ahora, en caso de resultar un menor ingreso o una mayor devolución se presentaba un escrito de rectificación que no tenía el carácter de liquidación, de forma que no había sanción. Con el nuevo sistema sí podrá ser sancionada. Si tiene previsto rectificar alguna autoliquidación y solicitar un menor ingreso o una mayor devolución, hágalo antes de que se apruebe la normativa del impuesto que obligue a presentar una autoliquidación rectificativa.

HOSPITALIZACIÓN FAMILIAR PAREJA DE HECHO

Un trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de cinco días laborables en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario de parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Además, este derecho se ha ampliado a los siguientes supuestos:

  • Enfermedad de la pareja de hecho u otras personas convivientes con el trabajador que precisen de su cuidado (según la norma, se entiende por conviviente la persona que viva en el mismo hogar que el trabajador, pero cabe entender que los tribunales exigirán la acreditación de una relación afectiva o de parentesco y no aceptarán cualquier tipo de convivencia).
  • Enfermedad de los familiares consanguíneos de hasta el segundo grado de la pareja de hecho.

Se entiende que la situación de necesidad que fundamenta el derecho al permiso (familiar enfermo u hospitalizado) se prolonga durante toda la enfermedad grave o durante toda la hospitalización, lo que justifica que pueda disfrutarse de los cinco días de permiso en cualquier momento mientras dure la dolencia o el internamiento.

Tradicionalmente, la necesidad de desplazarse a otra localidad ampliaba la duración del permiso de dos a cuatro días. Actualmente, la duración es de cinco días, con independencia de la necesidad de desplazarse

En caso de parto, ya sea natural o cesárea el trabajador tiene derecho a solicitar el permiso por hospitalización de pariente de segundo grado (incluyendo a la pareja de hecho) por el contrario operaciones de estética o similares no se incluyen en este permiso.

FALLECIMIENTO FAMILIAR

El trabajador también tendrá derecho a dos días laborables (cuatro en caso de desplazamiento) por fallecimiento de parientes de segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo a la pareja de hecho. En este supuesto no se incluye a los familiares de la pareja de hecho.

NOVEDADES EN MATERIA DE JUBILACIÓN

A partir del 01-10-2023 se equipar el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos de cómputo de los períodos cotizados con los que se calcularán las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, temporal, nacimiento o cuidado de un menor, según explica el Real Decreto-ley 2/2023 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 16 de marzo

INICIO CURSO ESCOLAR

Los empleados que cursen estudios tendrán preferencia para elegir turno y tendrán derecho a una adaptación de su jornada.

Si algún trabajador comunica a la empresa que va a empezar a cursar estudios que le permitirán obtener un título académico o profesional (ciclo formativo, grado universitario…) y que por ello necesita adaptar su jornada laboral para compaginar trabajo y estudios, la empresa deberá estudiar la petición, aceptarla o justificar la negativa. La negativa estará justificada si el cambio implica dejar de realizar ciertas tareas y ello va a causar una sobrecarga inasumible a sus compañeros.

Lo mismo ocurrirá si el empleado fue contratado para trabajar en un turno específico por unas causas determinadas y ahora le pide el cambio. Por ejemplo, la empresa podrá negarse si lo contrató en el turno de mañanas para comunicarse con sus filiales europeas porque habla distintas lenguas (y en dichas filiales tienen una jornada intensiva de mañanas).

La empresa también podrá negarse si hay turnos rotatorios y los demás trabajadores no quieren modificar su horario, de modo que no es posible recolocar al afectado en el turno solicitado (cambiar el horario del resto de personal obligaría a tramitar una modificación sustancial).


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